miércoles, 30 de julio de 2008

Provea: Acción Urgente por la Comunidad Yukpa

Pronunciamiento de la Asociación Civil Programa Venezolano en Educación-Acción en Derechos Humanos (PROVEA) en referencia a la situación de las comunidades indígenas localizadas en Machiques, estado Zulia:
Comunidad Chaktapa, etnia Yukpa, Municipio Machiques de Perijá
Desde que se organizaron en el año 2004 para reclamar la demarcación de tierras contemplada en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, los miembros de la Comunidad Chaktapa han sido víctimas de un permanente hostigamiento por parte de los ganaderos de la zona, con el propósito de expulsarlos de sus tierras ancestrales que han venido recuperando. Desde el año 2005, la comunidad reiteradamente ha sufrido desalojos violentos, agresiones físicas y amenazas de muerte por parte de grupos armados supuestamente contratados por los propietarios de las haciendas Tizina y Kusare donde está asentada.
Según la denuncia que hicieron los caciques de las comunidades Chaktapa y Guamo Sabino Romero Izarra y Olegario Romero el 5 de mayo de 2008 ante el Programa Venezolano en Educación-Acción en Derechos Humanos (PROVEA), el 23 de abril de 2008 un grupo armado asaltó la comunidad tratando de eliminar a Sabino Romero Izarra. En los días 13 y 21 de Mayo y nuevamente el 7 de Julio, ese mismo grupo armado, encabezado por el propietario de la hacienda Kusare Alejandro Chávez Vargas, volvió a amenazar y agredir verbal y físicamente a los miembros de la comunidad. El 22 de Julio falleció el padre de Sabino Romero Izarra, José Manuel Romero, de 109 años, presuntamente a raíz de los golpes recibidos.

Adicionalmente, como respuesta al acompañamiento y apoyo a la comunidad en el proceso de denuncia y mediatización del conflicto, el defensor de derechos humanos Lusbi Portillo, profesor de la Universidad del Zulia y coordinador de la Asociación Civil Sociedad Homo et Natura, ha sufrido repetidas descalificaciones por parte del sector ganadero y de funcionarios del Estado, entre los cuales se destacan: la Asociación de Ganaderos de Machiques (GADEMA), el alcalde del Municipio Machiques (Estado Zulia) Alfonso Márquez, y la Ministra del Poder Popular para los Pueblos Indígenas Nicia Maldonado, en violación a lo consagrado en los artículos 17 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y 60 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.

La presencia permanente de presuntos sicarios en las tierras ocupadas por la comunidad Indígena Yukpa Chaktapa representa una amenaza constante para la integridad y la vida de los miembros de dicha comunidad, ya que en varias oportunidades han existido enfrentamientos y agresiones directas contra la comunidad indígena.

Pese a las reiteradas denuncias y solicitudes de protección realizadas ante la Fiscalía General de la República, la Fiscalía Superior del Estado Zulia, la Fiscalía de Machiques, la Defensoría del Pueblo, la Defensoría Delegada del Estado Zulia y la Defensoría Especial con Competencia Nacional en el Área de Protección de los Pueblos Indígenas, no se han tomado las medidas necesarias para solucionar la problemática y garantizar la integridad y vida de la comunidad.

PROVEA considera que esta situación representa una restricción a las garantías y ejercicios de derechos fundamentales, especialmente del derecho a la vida y del derecho a la integridad personal, consagrados en el artículo 3 de la Declaración Universal de Derechos Humanos, en los artículo 6 y 9 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, en los artículos 4 y 5 de la Convención Americana de Derechos Humanos y en los artículos 20, 43 y 46 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela; y del derecho a la propiedad colectiva de las tierras ancestrales de los Pueblos Indígenas, garantizado por el artículo 14 del Convenio 169 de la OIT sobre Pueblos Indígenas y Tribales en Países Independientes, ratificado por Venezuela el 22 de mayo de 2002, y en los artículos 119 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y 20 de la Ley Orgánica de Pueblos y Comunidades Indígenas.

Esta situación evidencia también el incumplimiento de sus obligaciones por parte del Estado respecto al proceso de demarcación del hábitat y tierras indígenas, contemplado en los artículos 119 de la Constituciónla República Bolivariana de Venezuela y 23 de la Ley Orgánica de Pueblos y Comunidades Indígenas, y que según lo establecido en la Duodécima Disposición Transitoria de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela debería haber culminado dos años después de la entrada en vigencia de la misma, es decir en Marzo de 2002.


De la misma manera, existen afectaciones a otros derechos - consagrados en la Declaración Universal de Derechos Humanos, el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales y la Convención Americana de Derechos Humanos, y en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela - como el derecho al libre tránsito, el derecho a la alimentación, a la salud y a la educación, en tanto los presuntos sicarios han permanecido apostados en las entradas y salidas de sus tierras a partir del 13 de mayo de 2008 durante más de dos meses.

En este sentido, Provea expresa que las autoridades competentes deben investigar de manera exhaustiva, inmediata e imparcial las circunstancias de la muerte de José Manuel Romero y tomar de forma inmediata las medidas necesarias para garantizar la protección integral de los miembros de la comunidad indígena Chaktapa así como el cese de las descalificaciones hacia los defensores de derechos humanos. También insta a la Comisión Nacional de Demarcación, al Ministerio del Poder Popular para el Ambiente y al Instituto Nacional de Tierras que procedan a la demarcación del hábitat y tierras indígenas, cumpliendo con el mandato constitucional.

ACCIÓN RECOMENDADA:
Por favor enviar las cartas de adhesión a esta acción urgente o cartas de protesta, en las cuales se haga constar de lo siguiente:

- Expresar preocupación por la violación a los derechos a la vida, a la integridad personal, a la tierra y a la propiedad colectiva del hábitat y tierras indígenas, y al derecho al libre tránsito de los miembros de la comunidad Yukpa Chaktapa

- Exigir a la Fiscalía General de la República y a la Fiscalía Superior del Estado Zulia que investiguen los hechos de manera exhaustiva, inmediata e imparcial y tomen las medidas necesarias para proteger y garantizar la integridad y la vida de la comunidad afectada, dicha protección debiendo incluir el resguardo de sus bienes, sus personas y su cultura

- Exigir al Ministerio del Poder Popular para el Ambiente que solvente esta situación, procediendo a través de la Comisión Nacional de Demarcación a la entrega de títulos de propiedad colectiva de las tierras a los pueblos y comunidades indígenas

- Exigir al Ministerio del Poder Popular para los Pueblos y Comunidades Indígenas y a la Alcaldía de Machiques el cese de las descalificaciones contra el defensor de derechos humanos Lusbi Portillo, las cuales en el contexto de inseguridad presente en las zonas fronterizas constituyen factores graves que pueden peligrar la integridad física de las personas así como dificultan su labor de lucha a favor del reconocimiento de los derechos de los pueblos indígenas contemplados en la Constitución

ENVIAR LAS CARTAS DE ADHESIÓN A:

Sr. Hugo Rafael Chávez Frías
Presidente de la República Bolivariana de Venezuela
Dirección: Avenida Urdaneta, Esquina de Bolero, Palacio de Miraflores.
Caracas, Distrito Capital
Teléfonos: +58 212 806 3450, +58 212 806 3111, +58 212 806 3325, +58 212 806 3551, +58 862 2550, +58 212 806 8344, +58 212 806 9638
Fax: +58 212 806 3698

Sr. Sergio Rodríguez
Secretario Ejecutivo de la Comisión Nacional de Demarcación
Ministerio del Poder Popular para el Ambiente
Dirección: Centro Simón Bolívar
Torre Sur Plaza Caracas, Piso 8
Caracas, Distrito Capital
Teléfono: + 58 212 408 19 14
Fax: +58 212 408 48 75 (Especificar “A la intención de Sergio Rodríguez, Secretario Ejecutivo de la Comisión Nacional de Demarcación”)

Sra. Nicia Maldonado
Ministra del Poder Popular para los Pueblos Indígenas
Dirección: Antiguo Edificio Sudeban, Piso 8
Avenida Universidad
Teléfono: +58 212 543 15 99
Fax: +58 212 543 31 00
Correo electrónico: atencionalindigena@minpi.gob.ve
despacho@minpi.gob.ve
comunicacion@minpi.gob.ve

Sra. Luisa Ortega Díaz
Fiscal General de la República
Sede del Despacho de la Fiscal General de la República
Dirección: Edificio Sede del Ministerio Público
Esquinas de Misericordia a Pele el Ojo
Avenida México
Caracas, Distrito Capital
Teléfonos: +58 212 509 80 38, +58 212 509 72 11, +58 212 509 81 34
Fax: +58 212 509 73 45
Correo electrónico: ana.celis@fiscalia.gov.ve
mp@fiscalia.gov.ve

No hay comentarios: