Caso Yumare: Expediente de “democracia” de la Cuarta República
Tomado del Semanario a la Izquierda.
Hace ya 23 años, exactamente el día 08 de mayo del año 1986 y siendo presidente de Venezuela
Jaime Lusinchi, fueron asesinadas por un comando de la Dirección de los Servicios de Inteligencia y Prevención (DISIP), al mando del Comisario Henry López Sisco, nueve personas en la zona La Vaca, Barlovento, cercano a la población de Yumare, Distrito Bolívar, en el estado Yaracuy.
Los ciudadanos ejecutados por la DISIP fueron: Rafael Ramón Quevedo Infante, Ronald José Morao Salgado, Nelsón Martín Castellano Díaz, Dilia Antonia Rojas, Luis Rafael Guzmán Green, José Rosendo Silva Medina, Pedro Pablo Jimenes García, Simón José Romero Madriz y Alfredo Caicedo Castillo.
Las autoridades policiales para ese momento en conjunto con los medios de comunicación privados, hicieron ver que se trató de un enfrentamiento armado de un grupo de la DISIP con un grupo guerrilleros y narcotraficantes que dejo un saldo de nueve de esos supuestos guerrilleros muertos y un funcionario de la DISIP herido.
Sin embargo, testigos y averiguaciones posteriores han afirmado que esas personas acusadas de guerrilleros y narcotraficantes, fueron detenidas previamente por este cuerpo de seguridad, torturadas y luego ejecutadas por impulsar las luchas sociales, ser promotores del ideal bolivariano y propulsores de una corriente del pensamiento de izquierda denominada Corriente Histórica Social que se oponía a las prácticas neoliberales del gobierno de turno y estaba conformada como vertiente ideológica por dirigentes sociales, vecinales, estudiantes y sindicales, quienes a través de actividades públicas enarbolaban un proyecto político.
De acuerdo a lo revelado por las investigaciones reales de los hechos acaecidos, nunca se trato de una acción emprendida por la DISIP para desarticular una emboscada por parte de supuestos guerrilleros como quisieron hacer ver a la opinión pública los dirigentes políticos de la llamada Cuarta República que dirigía el país, sino de una operación que consistió en la infiltración de agentes de la DISIP al movimiento denominado Corriente Histórica-social del cual formaban parte los asesinados en su mayoría, por disparos certeros en la cabeza.
Los agentes encubiertos planificaron una reunión días antes de ejecutar la operación donde se discutirían los lineamientos de la nueva organización, escogiendo un escenario rural. Una vez allí simularon una emboscada por parte de un grupo guerrillero y para ello utilizaron a los dirigentes sociales algunos de los cuales fueron capturados y torturados días antes para posteriormente llevarlos y asesinarlos en el sector Barlovento, Caserío La Vaca, Estado Yaracuy.
Una vez realizada la masacre procedieron a hacer creíble su versión disfrazada de emboscada y las victimas fueron vestidas con prendas militares y exhibidas ante los medios de comunicación, quienes se hacían eco de la versión oficial expresada por el Ministro de Relaciones Interiores para la época, Octavio Lepage, aún cuando las condiciones topográficas del terreno donde sucedieron los hechos hacían insostenible la versión oficial de que los funcionarios de la DISIP se enfrentaron a una emboscada con grupos irregulares.
A fin de encubrir la verdad de los hechos se sustanció un expediente por ante la Jurisdicción militar, el cual en una oprobiosa Sentencia de fecha 7 de agosto de 1989, estableció: “… el hecho investigado exime de responsabilidad penal a los expertos funcionarios de la Dirección General Sectorial de los Servicios de Inteligencia y Prevención (DISIP) con motivo de la muerte de los ciudadanos Luis Rafael Guzmán, José Rosendo Silva Medina, Ronald José Morao Salgado, Dilia Antonia rojas, Simón José Romero Madrid, Pedro Pablo Jiménez García, Rafael Ramón Quevedo Infante, Nelson Martín Castellanos Díaz y Alfredo Caicedo Castillo, quienes se encuentran implícitos en la comisión del delito militar de REBELION plenamente demostrado en autos…”
El Juez Militar fue el Teniente Coronel Oscar Rene Verde Mendiri. Luego se descubrió que fue un expediente totalmente viciado, en el cual se violó la garantía constitucional del derecho a la defensa de los familiares de las victimas, quienes nunca fueron citados a declarar, sino todo lo contrario, funcionarios policiales los amenazaron de muerte y persiguieron.
El tribunal de la causa remitió la infame sentencia al Consejo de Guerra Permanente de Maracay, cumpliendo con el procedimiento debido, y es allí donde el Teniente Coronel de la Aviación Germán Rafael Blasco Acevedo, quien fue Juez, realiza un VOTO SALVADO alegando que en la sentencia se evidencian elementos contradictorios de juicio, entre otros.
Entre esos elementos presentados por el Teniente estaba el hecho de que los funcionarios actuaron por una presunta emboscada de un grupo de guerrilleros en un lugar boscoso, cuando en las fotografías consignadas por los mismos funcionarios se evidenció que se trató de un sitio plano, despejado, de vegetación baja tipo pasto, iluminado, carente de árboles que hacía imposible la ejecución de alguna emboscada.
Otro elemento analizado por teniente está relacionado al número de bajas de los “supuestos emboscados” (funcionarios policiales), que contrastaba con la certeza de disparos en cabeza y tórax de los presuntos agresores.
Esto evidenciaba la falsedad de lo expresado por los funcionarios ya que la ventaja que comporta el ocultamiento y la protección defensiva de los agresores en una zona boscosa ocasionaría un resultado desastroso a los emboscados.
Además de acuerdo a lo expresado por Acevedo en su voto salvado, en el expediente que presento había evidente ausencia de signos de disparos en las prendas militares de las victimas, especialmente los morrales, aun cuando las victimas presentaban orificios de bala en la región dorsal. (Lo que corrobora la tesis de que fueron vestidos con prendas militares después de haber sido asesinados).
Así como estos argumentos el Tte Coronel de la Aviación Germán Blasco Acevedo presentó otros elementos que están explícitos en la transcripción que se realizó de su voto salvado.
Justicia por la Masacre de Yumare
Comenzando la primera semana de junio del presente año, El Ministerio Público presentó formal acusación contra el comisario jubilado de la Dirección General de los Servicios de Inteligencia y Prevención (Disip), Henry Rafael López Sisco, por su presunta responsabilidad en la Masacre de Yumare.
Cabe destacar que el 26 de septiembre de 2006, el Ministerio Público imputó a López Sisco por este caso. El mismo se encuentra actualmente en Costa Rica.
El pasado viernes 29 de mayo, la Fiscal General de la República, Luisa Ortega Díaz, entregó a los familiares de las víctimas la autorización para que retiren los cadáveres y puedan así darles cristiana sepultura.
Díaz aseguró que están activando los mecanismos necesarios para la captura de Henry López Sisco, imputado por la masacre de Yumare e indicó que están esperando una respuesta del gobierno de Costa Rica acerca de la solicitud de extradición.
El pueblo Venezolano espera que luego de 23 años se haga justicia y los responsables de estos asesinatos injustificados paguen por sus delitos de los cuales fueron eximidos en épocas de la cuarta república donde pululaban dirigentes que aún en la actualidad dicen defender la democracia y la justicia.
¡PRESENTES ! (Masacre de Yumare)
DILIA ANTONIA ROJAS: Militó desde muy joven en el movimiento revolucionario. Fue una reconocida dirigente popular. Amante de la poesía y luchadora
vecinal, dejó 7 hijos.
PEDRO PABLO JIMENEZ GARCIA: Fundó el periódico Ruta Unitaria y militó en las filas del Partido Revolucionario Venezolano durante varios años.
NELSON CASTELLANOS DIAZ: Militó en el Movimiento de Izquierda Revolucionaria y en la Liga Socialista. Dejó 3 hijos.
RONALD JOSE MORAO SALGADO: militante revolucionario desde muy joven, militó en la Liga Socialista, organización en la cual llegó a for mar parte
de los organismos de dirección.
JOSE ROSENDO SILVA MEDINA: Una de sus preocupaciones fue la desigualdad social por la que luchó hasta su muerte.
SIMÓN JOSÉ ROMERO MADRID: Trabajador de la cultura popular, poeta y canta-autor. Formó parte de los grupos musicales “Espiga” y “Canción
Libre”.
LUIS RAFAEL GUZMÁN GREEN: Fue integrante de las Fuerzas Armadas de Liberación Nacional y del Grupo Punto e integró el Partido Comunista
de Venezuela.
RAFAEL RAMÓN QUEVEDO INFANTE: Estudiaba cuarto semestre en el departamento de castellano, del Instituto Universitario Pedagógico de
Caracas. Integró la Federación de Centros de Estudiantes.
ALFREDO CAICEDO: Miembro del Ejército de Liberación Nacional de Colombia.
Tomado del Semanario a la Izquierda.
Hace ya 23 años, exactamente el día 08 de mayo del año 1986 y siendo presidente de Venezuela
Jaime Lusinchi, fueron asesinadas por un comando de la Dirección de los Servicios de Inteligencia y Prevención (DISIP), al mando del Comisario Henry López Sisco, nueve personas en la zona La Vaca, Barlovento, cercano a la población de Yumare, Distrito Bolívar, en el estado Yaracuy.
Los ciudadanos ejecutados por la DISIP fueron: Rafael Ramón Quevedo Infante, Ronald José Morao Salgado, Nelsón Martín Castellano Díaz, Dilia Antonia Rojas, Luis Rafael Guzmán Green, José Rosendo Silva Medina, Pedro Pablo Jimenes García, Simón José Romero Madriz y Alfredo Caicedo Castillo.
Las autoridades policiales para ese momento en conjunto con los medios de comunicación privados, hicieron ver que se trató de un enfrentamiento armado de un grupo de la DISIP con un grupo guerrilleros y narcotraficantes que dejo un saldo de nueve de esos supuestos guerrilleros muertos y un funcionario de la DISIP herido.
Sin embargo, testigos y averiguaciones posteriores han afirmado que esas personas acusadas de guerrilleros y narcotraficantes, fueron detenidas previamente por este cuerpo de seguridad, torturadas y luego ejecutadas por impulsar las luchas sociales, ser promotores del ideal bolivariano y propulsores de una corriente del pensamiento de izquierda denominada Corriente Histórica Social que se oponía a las prácticas neoliberales del gobierno de turno y estaba conformada como vertiente ideológica por dirigentes sociales, vecinales, estudiantes y sindicales, quienes a través de actividades públicas enarbolaban un proyecto político.
De acuerdo a lo revelado por las investigaciones reales de los hechos acaecidos, nunca se trato de una acción emprendida por la DISIP para desarticular una emboscada por parte de supuestos guerrilleros como quisieron hacer ver a la opinión pública los dirigentes políticos de la llamada Cuarta República que dirigía el país, sino de una operación que consistió en la infiltración de agentes de la DISIP al movimiento denominado Corriente Histórica-social del cual formaban parte los asesinados en su mayoría, por disparos certeros en la cabeza.
Los agentes encubiertos planificaron una reunión días antes de ejecutar la operación donde se discutirían los lineamientos de la nueva organización, escogiendo un escenario rural. Una vez allí simularon una emboscada por parte de un grupo guerrillero y para ello utilizaron a los dirigentes sociales algunos de los cuales fueron capturados y torturados días antes para posteriormente llevarlos y asesinarlos en el sector Barlovento, Caserío La Vaca, Estado Yaracuy.
Una vez realizada la masacre procedieron a hacer creíble su versión disfrazada de emboscada y las victimas fueron vestidas con prendas militares y exhibidas ante los medios de comunicación, quienes se hacían eco de la versión oficial expresada por el Ministro de Relaciones Interiores para la época, Octavio Lepage, aún cuando las condiciones topográficas del terreno donde sucedieron los hechos hacían insostenible la versión oficial de que los funcionarios de la DISIP se enfrentaron a una emboscada con grupos irregulares.
A fin de encubrir la verdad de los hechos se sustanció un expediente por ante la Jurisdicción militar, el cual en una oprobiosa Sentencia de fecha 7 de agosto de 1989, estableció: “… el hecho investigado exime de responsabilidad penal a los expertos funcionarios de la Dirección General Sectorial de los Servicios de Inteligencia y Prevención (DISIP) con motivo de la muerte de los ciudadanos Luis Rafael Guzmán, José Rosendo Silva Medina, Ronald José Morao Salgado, Dilia Antonia rojas, Simón José Romero Madrid, Pedro Pablo Jiménez García, Rafael Ramón Quevedo Infante, Nelson Martín Castellanos Díaz y Alfredo Caicedo Castillo, quienes se encuentran implícitos en la comisión del delito militar de REBELION plenamente demostrado en autos…”
El Juez Militar fue el Teniente Coronel Oscar Rene Verde Mendiri. Luego se descubrió que fue un expediente totalmente viciado, en el cual se violó la garantía constitucional del derecho a la defensa de los familiares de las victimas, quienes nunca fueron citados a declarar, sino todo lo contrario, funcionarios policiales los amenazaron de muerte y persiguieron.
El tribunal de la causa remitió la infame sentencia al Consejo de Guerra Permanente de Maracay, cumpliendo con el procedimiento debido, y es allí donde el Teniente Coronel de la Aviación Germán Rafael Blasco Acevedo, quien fue Juez, realiza un VOTO SALVADO alegando que en la sentencia se evidencian elementos contradictorios de juicio, entre otros.
Entre esos elementos presentados por el Teniente estaba el hecho de que los funcionarios actuaron por una presunta emboscada de un grupo de guerrilleros en un lugar boscoso, cuando en las fotografías consignadas por los mismos funcionarios se evidenció que se trató de un sitio plano, despejado, de vegetación baja tipo pasto, iluminado, carente de árboles que hacía imposible la ejecución de alguna emboscada.
Otro elemento analizado por teniente está relacionado al número de bajas de los “supuestos emboscados” (funcionarios policiales), que contrastaba con la certeza de disparos en cabeza y tórax de los presuntos agresores.
Esto evidenciaba la falsedad de lo expresado por los funcionarios ya que la ventaja que comporta el ocultamiento y la protección defensiva de los agresores en una zona boscosa ocasionaría un resultado desastroso a los emboscados.
Además de acuerdo a lo expresado por Acevedo en su voto salvado, en el expediente que presento había evidente ausencia de signos de disparos en las prendas militares de las victimas, especialmente los morrales, aun cuando las victimas presentaban orificios de bala en la región dorsal. (Lo que corrobora la tesis de que fueron vestidos con prendas militares después de haber sido asesinados).
Así como estos argumentos el Tte Coronel de la Aviación Germán Blasco Acevedo presentó otros elementos que están explícitos en la transcripción que se realizó de su voto salvado.
Justicia por la Masacre de Yumare
Comenzando la primera semana de junio del presente año, El Ministerio Público presentó formal acusación contra el comisario jubilado de la Dirección General de los Servicios de Inteligencia y Prevención (Disip), Henry Rafael López Sisco, por su presunta responsabilidad en la Masacre de Yumare.
Cabe destacar que el 26 de septiembre de 2006, el Ministerio Público imputó a López Sisco por este caso. El mismo se encuentra actualmente en Costa Rica.
El pasado viernes 29 de mayo, la Fiscal General de la República, Luisa Ortega Díaz, entregó a los familiares de las víctimas la autorización para que retiren los cadáveres y puedan así darles cristiana sepultura.
Díaz aseguró que están activando los mecanismos necesarios para la captura de Henry López Sisco, imputado por la masacre de Yumare e indicó que están esperando una respuesta del gobierno de Costa Rica acerca de la solicitud de extradición.
El pueblo Venezolano espera que luego de 23 años se haga justicia y los responsables de estos asesinatos injustificados paguen por sus delitos de los cuales fueron eximidos en épocas de la cuarta república donde pululaban dirigentes que aún en la actualidad dicen defender la democracia y la justicia.
¡PRESENTES ! (Masacre de Yumare)
DILIA ANTONIA ROJAS: Militó desde muy joven en el movimiento revolucionario. Fue una reconocida dirigente popular. Amante de la poesía y luchadora
vecinal, dejó 7 hijos.
PEDRO PABLO JIMENEZ GARCIA: Fundó el periódico Ruta Unitaria y militó en las filas del Partido Revolucionario Venezolano durante varios años.
NELSON CASTELLANOS DIAZ: Militó en el Movimiento de Izquierda Revolucionaria y en la Liga Socialista. Dejó 3 hijos.
RONALD JOSE MORAO SALGADO: militante revolucionario desde muy joven, militó en la Liga Socialista, organización en la cual llegó a for mar parte
de los organismos de dirección.
JOSE ROSENDO SILVA MEDINA: Una de sus preocupaciones fue la desigualdad social por la que luchó hasta su muerte.
SIMÓN JOSÉ ROMERO MADRID: Trabajador de la cultura popular, poeta y canta-autor. Formó parte de los grupos musicales “Espiga” y “Canción
Libre”.
LUIS RAFAEL GUZMÁN GREEN: Fue integrante de las Fuerzas Armadas de Liberación Nacional y del Grupo Punto e integró el Partido Comunista
de Venezuela.
RAFAEL RAMÓN QUEVEDO INFANTE: Estudiaba cuarto semestre en el departamento de castellano, del Instituto Universitario Pedagógico de
Caracas. Integró la Federación de Centros de Estudiantes.
ALFREDO CAICEDO: Miembro del Ejército de Liberación Nacional de Colombia.
1 comentario:
Soy el hijo de Alfredo Caicedo Castillo, unos de los asesinados en esa masacre y quisiera saber si me pueden ayudar dandome informacion de como reclamar el cuerpo de mi padre para enterrarlo en su ciudad de nacimiento. Mi correo es david.caicedo@gmail.com
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